Para ser asociado de FECOR, debo tener en cuenta……..
1) ¿Quién puede ser Asociado de FECOR?
“El Fondo de Empleados del Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario – Universidad, estará constituido por trabajadores vinculados laboralmente con el Colegio Mayor de Nuestra Señora del Rosario, los Pensionados de este, retirados del Colegio Mayor con mínimo 2 años de permanencia como asociado activo de FECOR y los trabajadores vinculados con “FECOR”.” (Art.10- Estatutos de FECOR).
2) ¿Cómo se formaliza la vinculación a FECOR?Contactar a FECOR a través del
a)correo, telefónicamente o WhatsApp:
servicios.fecor@urosario.edu.co Cel. 3118764071 – 3144468569
Para tener entrevista telefónica o virtual (en tiempos de Covid-19), recibir la información general necesaria de FECOR, aclarar todas las inquietudes y entender el Sector Solidario.
b) Descargar los formularios que se encuentran en la página fecor.com.co, enlace: VINCULACIÓN
- “Afiliación Nuevo Asociado”. Totalmente Diligenciado con firma y huella.
- “Seguro Nuevo Asociado”. Diligenciar a partir de Información del asegurado con firma y huella. El tomador es FECOR. Este seguro no tiene costo para el asociado (Beneficio desde la vinculación).
- “Autorización Manejo de Datos”. Totalmente diligenciado con firma y huella.
c) Diligenciados los documentos (firma y huella), se deberá adjuntar: Fotocopia C.C, Certificación laboral y último desprendible de pago de nómina.
d) Los documentos relacionados en los literales b) y c) se envían por correo electrónico inicialmente (en tiempos de Covid-19) y en la medida de las posibilidades se pueden hacer llegar por correo físico en sobre sellado a nuestra oficina principal, ubicada en Calle 53 # 21-84, oficina 502, Barrio Galerías, Localidad Teusaquillo, Bogotá D.C.
3) ¿Cuánto será el descuento para el primer mes como Asociado?
a) Aporte único destinado al Fondo de bienestar que corresponde al 5% de un smmlv vigente (de acuerdo con los Estatutos).
b) Aporte al Fondo de solidaridad semestralmente, en los meses de enero y julio (de acuerdo con los estatutos) aportamos $20.000 o proporcional de acuerdo con el mes de ingreso en el semestre correspondiente.
c) Aporte autorizado por el Asociado para ahorrar mensualmente, que corresponde entre el 2% y el 10% del sueldo básico devengado, o
d) Aporte autorizado por el Asociado para ahorrar mensualmente, que corresponde entre el 15% y el 100% de un smmlv. Esta condición aplica para los asociados que devengan salario integral.
4) ¿Cuáles son los beneficios después de que la Universidad confirme a FECOR el primer
aporte mensual?
Desde ese momento puede hacer uso de los servicios que tiene FECOR por Convenios, Auxilios y Créditos de acuerdo con la Reglamentación vigente y la Capacidad de descuento que posee el nuevo asociado.
5) ¿Puedo continuar en FECOR, si termina mi Contrato?
Sí, siempre y cuando al momento de retirarse de la Universidad o de FECOR, sea Asociado y tenga por lo menos 2 años de vinculación al Fondo de empleados.